No obstante la crisis sanitaria desatada tras el brote de la pandemia por coronavirus SARS CoV2, tanto el SPUM y la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, lograron avances en las mesas de la negociación contractual 2020

El Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo y la UMSNH han concluido las mesas de revisión contractual 2020, estableciendo acuerdos en las mesas de revisión salarial asi como de violaciones contractuales. el SPUM conserva su Contrato Colectivo de Trabajo, sin modificaciones de fondo, a la par destacan logros como el pago de las promociones 2014 y 2015 a su personal académico sindicalizado.

     No obstante la crisis sanitaria desatada tras el brote de la pandemia por coronavirus SARS CoV2, causante de la enfermedad COVID-19, tanto el Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM) y la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, lograron avances en las mesas de la negociación contractual 2020, mismas que están a disposición y consulta de sus agremiados en el enlace oficial del sindicato http://www.spum.org.mx/?page_id=1981 .

     Las restricciones impuestas por las autoridades sanitarias tanto federales como estatales, no fueron impedimento para atender las reuniones de los grupos de trabajo entre el SPUM y la UMSNH, cumpliendo las condicionantes de la jornada nacional de sana distancia, logrando avanzar en las negociaciones de las dos mesas de trabajo: Revisión Salarial y la Mesa de Violaciones Contractuales

Los acuerdos alcanzados.

     De acuerdo con el comunicado oficial, el cual se encuentra en el sitio oficial del sindicato de profesores de la Universidad Michoacana, se señala:

     De conformidad con la política salarial para el ejercicio fiscal 2020, la UMSNH está en posibilidad de ofrecer a nuestro Gremio Sindical del SPUM, un incremento del 3.4% (TRES PUNTO CUATRO POR CIENTO) al salario tabular (sueldo base, fondo de ahorro y vida cara), vigente al 31 de diciembre de 2019 y el 0.9% (CERO PUNTO NUEVE POR CIENTO) a prestaciones fijas no ligadas a salario.

– Respecto a la programación de pago de diversas prestaciones contractuadas con el SPUM:

• El pago inmediato de las cláusulas 73 y 80 pendientes al día de hoy.

• Por lo que respecta a las cláusulas 68 y 134 del Contrato Colectivo de Trabajo, así como la prestación del artículo 162 de la Ley Federal de Trabajo, se propone realizar un calendario de pagos, iniciando el 30 de mayo con los trabajadores de mayor antigüedad en el trámite realizado.

• En lo referente a los pagos de la cláusula 128, en sus diferentes incisos, realizar una aportación relativa al 50% de los adeudos reconocidos a esta fecha.

– En relación a la programación de fechas para el pago de las Promociones Académicas de los años 2014 y 2015, se informa lo siguiente:

1. El pago de las Promociones autorizadas del año 2014 se verá reflejado en la segunda quincena de junio de 2020, dando cumplimiento al Convenio Colateral depositado en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje el pasado 20 de diciembre de 2019.

2. Para el caso de las Promociones del año 2015, la fecha propuesta es la segunda quincena de diciembre de 2020.

– En relación a la metodología y criterios especto a la Regularización de Asignaturas Interinas, se realiza la siguiente propuesta:


1. Se establecerán, de manera conjunta entre la autoridad universitaria y los representantes del Comité Ejecutivo General del SPUM, los lineamientos o mecanismos para regularizar las asignaturas que sean posibles y viables, a partir de la primera semana del mes de junio del año en curso, observando que dicho proceso deberá ajustarse a lo establecido en el Reglamento General del Personal Académico de la UMSNH y en el Instructivo para la Asignación de Plazas Vacantes y de Nueva Creación de la UMSNH.


2. Realizar el diagnóstico al corte del ciclo anual 2019/2020 en cada Dependencia Académica en conjunto con el Director(a), la Representación Sindical Seccional, un Representante del Comité Ejecutivo General del SPUM y la Secretaria Administrativa de la Universidad, de acuerdo a lo asentado en el punto 2 del Convenio, mediante el cual se establecen las condiciones necesarias para que surta efectos el colateral convenio laboral que modifica las cláusulas 131, 132 y 136 del Contrato Colectivo de Trabajo aplicable a los trabajadores académicos de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.


3. Una vez realizado el diagnóstico, se determinará cuáles y cuántas serán las asignaturas que en cada una de las Dependencias Académicas podrán regularizarse.

     El Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana y la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, conciliaron la prórroga al estallamiento de huelga el 18 de mayo del 2020, logrando posponer el movimiento huelguístico al jueves 28 de mayo del 2020, con la finalidad de comunicar a sus agremiados los avances en las mesas de negociaciones, con el objetivo de informar a sus mas de 3,200 profesores sindicalizados en las mas de 44 secciones sindicales.