# En riesgo de pago la ayuda sindical, el SUEUM no entrega padrón verídico

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- Published: 2020-10-28T15:35:59-06:00
- Author: redaccion

### UMSNH al SUEUM, sin padrón, no habrá pago de prestaciones

Mediante el oficio 645/2020, la secretaría general de la Universidad Michoacana 
de San Nicolás de Hidalgo, dirigido al secretario general del Sindicato Unico de
Empleados de la Universidad Michoacana se le exhorta al sindicato de empleados universitarios
a presentar el listado de socios (padrón) actualizado, **de lo contrario, el riesgo
de que no se paguen los adeudos a los afiliados al SUEUM es inminente.**

      El SUEUM, sostiene disputa política con las autoridades de la UMSNH, tras 
detectarse casos de **personas fallecidas en el padrón**, asi como **trabajadores
que han sido rescindidos por la UMSNH, han renunciado al SUEUM, o ya no trabajan
en la Universidad Michoacana,** solo en el 2020 el SUEUM ha propuesto dos versiones
de listado de socios, mismas que han vuelto a incurrir en los mismos problemas, **
no es verídico el padrón.**

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     La autoridad universitaria, vuelve a solicitar **«como lo hemos venido haciendo
en múltiples ocasiones desde el 31 de enero del 2020, a que cumpla con la obligación
que impone el articulo 377, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo»**, la cual
consiste en informar a la autoridad patronal sobre las altas y bajas de los miembros
adheridos al SUEUM, con la finalidad de poder cumplir con las cláusulas del contrato
colectivo de trabajo.

**¿Por qué es necesario el listado de socios (padrón) actualizado y verídico del
SUEUM?**

     Dentro del Contrato Colectivo de Trabajo del SUEUM, -vigente en el 2020-, se
establecen** cláusulas con impacto económico en los afiliados al sindicato**, a 
su vez se definen los conceptos de prestaciones que benefician a los trabajadores
afiliados al SUEUM **y su dirigencia sindical está obligada a cumplir.**

     La «Ayuda Sindical» y «Bono de Despensa» se desprenden de las cláusulas 50 
inciso «g», la cual señala:
«La institución **entregará mensualmente al Sindicato
Unico de Empleados de la Universidad Michoacana**, en concepto de **Ayuda Sindical**
la cantidad de 2,890.00 (DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA PESOS 00/100 M.N.) **por cada
uno** de sus afiliados.»

     A su vez, la cláusula 27, en el segundo párrafo establece:

«La Universidad entregará al Sindicato la suma de 2,305.00 (DOS MIL TRESCIENTOS 
CINCO PESOS 00/100 M.N.) mensuales, **por cada trabajador sindicalizado**, por concepto
de Bono de Despensa.»

[⌊"Se pague por usos y costumbres" SUEUM⌉⌊"Se pague por usos y costumbres" SUEUM⌉[

«Se pague por usos y costumbres» SUEUM

     La **falta del cumplimiento** de la dirigencia del SUEUM, encabezada por su
secretario general Eduardo Tena Flores, **dejará a los socios de su sindicato en
la imposibilidad de poder cobrar estas prestaciones,** las cuales, por la disposición
legal contenida en el Contrato Colectivo de Trabajo, **se entregan al sindicato**,
quien, a su vez, las entrega a sus socios afiliados. **El dinero primero lo recibe
el sindicato con base en el padrón que presenta.**

[⌊El notario público número 25 Lic. salvador Hernández Mora, entrega la notificación
del oficio de autoridades en las instalaciones del SUEUM, recurrente es la negativa
del personal del SUEUM en no recibir documentos.⌉⌊El notario público número 25 Lic.
salvador Hernández Mora, entrega la notificación del oficio de autoridades en las
instalaciones del SUEUM, recurrente es la negativa del personal del SUEUM en no 
recibir documentos.⌉[

El notario público número 25 Lic. salvador Hernández Mora, entrega la notificación
del oficio de autoridades en las instalaciones del SUEUM, recurrente es la negativa
del personal del SUEUM en no recibir documentos.

** Las prestaciones, en riesgo de poder cobrarse si no se cumple con la ley**

      El NO cumplir con la disposición de entregar el listado de socios (padrón)
provocaría la prescripción de las acciones de trabajo, a lo cual **la Ley Federal
del Trabajo, en su artículo 516 dispone**. «Las acciones de trabajo prescriben en
un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible»,
y determina en qué casos y condiciones aplica,

     Aunado a esto, la falta de liquidez en las finanzas universitarias para cubrir
el monto global pone a la Universidad Michoacana en la ruta del cierre del ejercicio
2020, en el cuál enfrenta un déficit recurrente en las finanzas, **se requieren 
650 millones de pesos para cumplir con los pagos a profesores, trabajadores administrativos
y manuales antes de que concluya el año.** La federación no ha trazado una ruta 
que equilibre las finanzas no solo de la UMSNH sino también de 13 universidades 
públicas estatales.

[⌊Las protestas del SUEUM, en las calles, alejadas de los tribunales laborales.⌉⌊
Las protestas del SUEUM, en las calles, alejadas de los tribunales laborales.⌉[

Las protestas del SUEUM, en las calles, alejadas de los tribunales laborales.

     Y la **imposibilidad administrativa de pagar recursos del ejercicio 2020, con
presupuesto del 2021**, normativa de la propia administración pública federal, confirma
el negro panorama para los afiliados al Sindicato Único de Empleados de la Universidad
Michoacana, el cual sigue en una **errática estrategia de protestas públicas**, 
ante los medios de comunicación…

…pero alejada de los tribunales laborales.
