La Secretaría Académica aclara que la participación de becarios en actividades docentes será de carácter voluntario, reiterando el respeto a derechos laborales.

La Secretaría Académica de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) ha emitido un nuevo oficio, con fecha del 19 de mayo de 2025, que aclara y modifica las precisiones relativas a las actividades de retribución social de los becarios de posgrado. Este documento, dirigido a directores, jefes de posgrado y coordinadores de programas de posgrado, subraya que la participación de los alumnos becarios en actividades académicas docentes, como la impartición de clases en licenciaturas, se ejercerá en todos los casos de forma voluntaria.

     Este nuevo oficio, con número 2592/2025, surge en alcance al oficio número 166/2025, fechado el 8 de mayo de 2025, el cual ya había establecido la obligación de informar sobre las actividades de retribución social por parte de las personas becarias, conforme a los lineamientos del Sistema Nacional de Posgrados. Sin embargo, la reciente comunicación especifica que, en razón de lo establecido por la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnologías e Innovación (SECIHTI) en los lineamientos del Sistema Nacional de Posgrados de México, las actividades académicas a desarrollar por los becarios de posgrado, a las que se refiere el oficio previo, corresponderán a una colaboración adjunta a los profesores que imparten las diversas asignaturas en programas de licenciatura en las Escuelas, Facultades e Institutos de esta institución educativa. La clave reside en que dicha colaboración «se ejercerá en todos los casos de forma voluntaria».

     De esta manera, la Secretaría Académica reitera la invitación a que los estudiantes de posgrado se sumen y coadyuven en la planeación e implementación de diversas actividades docentes, culturales y de divulgación científica y tecnológica que organiza la Universidad Michoacana. Entre estas actividades se mencionan el Tianguis de la Ciencia, el Verano Nicolaita, la Expoorienta Universitaria, encuentros docentes, así como las demás actividades diversas o complementarias que implemente la institución o sus distintas Escuelas, Facultades e Institutos. Esta invitación a la colaboración voluntaria busca enriquecer la experiencia formativa de los becarios y fortalecer la vinculación con la comunidad universitaria.

     La UMSNH ha sido enfática en reiterar que la Universidad observará en todo momento las disposiciones legales en materia laboral, así como las estipulaciones contractuales y normas internas que rigen su funcionamiento y regulan las actividades docentes que se imparten en todos y cada uno de los planteles que la conforman. Por lo tanto, la colaboración que las personas becarias estudiantes de posgrado brinden como retribución a la sociedad por la beca de posgrado que reciben, «en ningún momento se considerará como una relación laboral, por lo que no vulnerará los derechos adquiridos del personal académico sindicalizado y de base». Esta aclaración busca disipar cualquier preocupación sobre el impacto de estas actividades en los derechos laborales del personal docente de la institución.

     El oficio fue firmado por el Dr. Antonio Ramos Paz, Secretario Académico; el Dr. Edgar Martínez Altamirano, Secretario Administrativo; y la Dra. Laura Leticia Padilla Gil, Coordinadora General de Estudios de Posgrado, reafirmando el consenso institucional en esta directriz. La UMSNH, a través de esta precisión, busca equilibrar la necesidad de retribución social de los becarios con el respeto irrestricto a los marcos legales y laborales existentes.