Por primera vez, la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, ha alcanzado el 100 % de calificación en su modelo de consulta de información pública, cumpliendo a la par con el resguardo de los datos personales.

La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo reafirma su compromiso con la transparencia y rendición de cuentas, como eje transversal en la administración universitaria; al ser depositaria de los recursos públicos que recibe y destina a las actividades sustantivas de la Casa de Hidalgo. por ello, como sujeto obligado por la ley, la UMSNH solicitó la revisión de sus procesos de consulta de información, en apego a la a Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo.

sitio web de consulta para toda la información que genera la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.

     El pleno del Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP) realizó su sexta sesión ordinaria, celebrada pasado 15 de julio del 2020 en donde aprobó por unanimidad de votos, el acuerdo 03/15-07-2020 que establece el dictamen de verificación y el Reporte observaciones a la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. En donde evaluó la capacidad de consulta de información de la máxima casa de estudios de Michoacán.

     El dictamen aprobado por el Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP) evaluó con un 100 %, el trabajo que realiza la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo en materia de transparencia luego de comprobarse que como sujeto obligado, la institución nicolaita dispone para consulta de la sociedad, de información suficiente sobre el destino de los recursos públicos que recibe del Gobierno Federal y estatal.

Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP)

     La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, obliga y determina los criterios generales que deberán de observar los sujetos obligados para la publicación, homologación, estandarización y verificación de la información de las obligaciones de transparencia en los portales de internet (www.informacionpublica.umich.mx) y en la Plataforma Nacional de Transparencia (www.plataformadetransparencia.org.mx/)

     De acuerdo al Capítulo II, artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en vigor, que sobre las obligaciones de transparencia comunes deben atender los sujetos obligados, al artículo 75 de la Ley Federal de Transparencia sobre las disposiciones en materia de información pública deberá estar actualizada y en concordancia a lo dispuesto en los artículos 35 y 40 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, se pone a disposición del público en general la información de oficio generada en esta máxima Casa de Estudios.

     Por primera vez, la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, ha alcanzado el 100 % de calificación en su modelo de consulta de información pública, cumpliendo a la par con el resguardo de los datos personales. La máxima casa del estudios del estado de Michoacán, tiene la potestad de diseñar sus planes y programas educativos; especificar los requisitos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico y administrar su patrimonio. Sin embargo, esta prerrogativa no significa una excepción al cumplimiento del orden jurídico nacional.

     «El objetivo de transparentar se concibe como la oportunidad de conocer con detalle las acciones que la institución nicolaita en beneficio de la sociedad. Considerando que la forma más adecuada de mantener a la sociedad informada con mayor grado de conformidad es a través de la rendición de cuentas. En ese sentido, rendir cuentas equivale a informar, avisar, dar conocimiento de eventos y actos», señaló el Rector de la UMSNH, Raúl Cárdenas Navarro, al ser notificado de la resolución del dictamen emitido por el IMAIP.

     «La transparencia es un requisito para la gestión universitaria, es necesario para la adecuada administración no solo de tipo administrativo, sino también académico. Una cultura de acceso a la información y rendición de cuentas solo es posible si todos los sectores de la sociedad realizan y coordinan sus esfuerzos» finalizó el representante legal de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.