El Sindicato Único de empleados de la Universidad Michoacana, sujeto a los tiempos de la SEP para el pago de la dos quincenas de diciembre del 2019, asi como prestaciones y aguinaldo

El titular de la secretaría de Educación Pública del Gobierno federal, Esteban Moctezuma Barragán, mediante acuerdo 20/03/2020 publicado en el diario oficial de la federación, de ala administración publica federal ha determinado suspender todo tipo de actividades administrativas de la Secretaría de Educación Pública.

Acuerdo de la SEP publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Acuerdo de la SEP publicado en el Diario Oficial de la Federación.

     El Sindicato Unico de Empleados de la Universidad Michoacana, apenas firmó la adecuación y reforma a su sistema de jubilaciones y pensiones, adhiriéndose a la propuesta al reformar su contrato colectivo de trabajo, a la par de solventar la revisión contractual. La determinación de la SEP pararía la entrega de los recursos pendientes a los afiliados al Sindicato Unico de Empleados de la Universidad Michoacana, ante las medidas administrativas resultado de las contingencias sanitarias por la propagación del coronavirus COVID-19

TEXTO INTEGRO DEL ACUERDO PUBLICADO EN EL DOF el 20 de marzo del 2020.

ACUERDO NÚMERO 03/03/20 POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS Y TÉRMINOS

RELACIONADOS CON LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE LLEVAN A CABO ANTE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

ARTÍCULO PRIMERO.- Se suspenden, durante el periodo comprendido del 23 de marzo al 20 de abril de 2020, los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se considerarán como inhábiles para todos los efectos legales los días comprendidos durante el periodo señalado en el artículo anterior, por lo que en el mismo no correrán los plazos y términos de los trámites y procedimientos administrativos seguidos ante las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública.

ARTÍCULO TERCERO.- El Instituto Politécnico Nacional queda exceptuado de lo previsto en los artículos que anteceden, correspondiendo a sus autoridades competentes determinar lo conducente.

FUENTE: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590062&fecha=20/03/2020

     Con ello, la posibilidad de que a trabajadores sindicalizados al Sindicato Unico de Empleados de la Universidad Michoacana, cae en la incertidumbre, pues al paralizarse las actividades administrativas, los recursos extraordinarios han quedado parados.

     Hoy, el apoy extraordinario que de el Gobierno del Estado de Michoacán, sería decisivo en la solución del problema de falta de liquidez que enfrentan los afiliados al Sindicato Unico de Empleados de la Universidad Michoacana.