No obstante los recursos legales, el equipo legal del secretario general del SUEUM, no logró evitar la prueba del recuento, la autoridad laboral certificará cuál sindicato tiene más trabajadores afiliados.

La Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, notificó a los sindicatos universitarios SUEUM y STUMICH, del inicio formal del proceso de recuento, prueba madre en el litigio por la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo, que iniciara el STUMICH en enero del 2021, la JLCA, comunicó a ambos sindicatos, asi como a la parte patronal (UMSNH) de los trabajos tendientes a validar los padrones sindicales.

     El Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) es el documento legal que regula las relaciones y condiciones laborales entre el trabajador y el patrón, reconocidos en las figuras legales de los sindicatos y la autoridad universitaria. El STUMICH inició la disputa por la titularidad del CCT y convertirse en administrador del manejo de las prestaciones contenidas en éste, al demostrar con su padrón de socios, tener mas trabajadores afiliados que el SUEUM.

     No obstante los recursos legales para detener el avance del procesos de cambio de titularidad del CCT, el SUEUM perdió todos los recursos que interpuso para evitar llegar al recuento, el otrora sindicato universitario ha sufrido un duro revés, al pasar de un padrón de 2,818 afiliados en 2018 a 1,306 afiliados en 2021. En tres años, el SUEUM perdió más de 50 % de los trabajadores que señalaba representar, según consta en el padrón sindical del 2018. El STUMICH, en poco mas de dos años, pasó de tener 120 trabajadores afiliados, a un total de 1,479 en Julio del 2021.

Tendencias de números de afiliados sindicales SUEUM vs STUMICH
Tendencias de números de afiliados sindicales SUEUM vs STUMICH

     En respuesta al proceso iniciado en la JLCA, este jueves, tanto el SUEUM como el STUMICH -y la UMSNH en su carácter de patrón-, fueron notificados de los inicios de los trabajos tendientes a realizar el recuento de trabajadores, es decir, la prueba del recuento certificará de manera legal, cuántos afiliados tiene cada sindicato universitario, el organismo sindical que demuestre tener la mayoría de trabajadores será ratificado o nombrado (por primera vez) titular del CCT.

     Al medio día de este jueves 23 de septiembre, el secretario general del STUMICH, Armando Rangel Díaz, dio a conocer la notificación por parte de la JLCA, previniendo el inicio del proceso de recuento, por la tarde, el secretario general del SUEUM, Eduardo Tena Flores, mediante un comunicado sindical intentó desacreditar la resolución de la JLCA, acusando a su vez «desinformación» de su par, de su otrora compañero sindical Rangel Díaz, para finalizar el «comunicado sindical», sentenció juego «perverso» de su contraparte sindical.

DOCUMENTO INTEGRO DE LA NOTIFICACIÓN DE LA JLCA A AMBOS SINDICATOS.

Tendencias de números de afiliados sindicales SUEUM vs STUMICH
Tendencias de números de afiliados sindicales SUEUM vs STUMICH
Tendencias de números de afiliados sindicales SUEUM vs STUMICH
Tendencias de números de afiliados sindicales SUEUM vs STUMICH
Tendencias de números de afiliados sindicales SUEUM vs STUMICH
Tendencias de números de afiliados sindicales SUEUM vs STUMICH
Tendencias de números de afiliados sindicales SUEUM vs STUMICH
Tendencias de números de afiliados sindicales SUEUM vs STUMICH

 

¿Qué dice el documento?
     La autoridad laboral, arbitro en este litigio por la titularidad del CCT, es la JLCA, la cual está facultada por la ley federal del trabajo, para llevar las diligencias necesarias para cumplir con la misma legislación federal. El recuento, es un procedimiento esencial para cuantificar legalmente, cuál sindicato tiene más afiliados. Los trabajadores universitarios serán convocados a participar mediante un padrón confiable de votantes y a título personal, de manera voluntaria y en secreto, decidirán si ratifican su representación sindical por el SUEUM o por el STUMICH.

¿Quiénes podrán participar en la «prueba madre» del recuento?
     La ley federal del trabajo establece las condiciones en las cuales se deberá de desarrollar el procedimiento, no podrán votar, trabajadores administrativos con funciones de confianza, trabajadores de «apoyo» (los cuales no tienen base laboral en la UMSN), veladores, vigilantes, jefes de departamento, choferes, fallecidos (evidentemente) y jubilados, éstos últimos, ya no tienen relación laboral con la UMSNH.

     Sí, el propio secretario general del SUEUM, no podrá emitir su voto, al tener el carácter, -precisamente-, de ser un ex trabajador, ya jubilado desde hace -casi- 10 años.